Solicitud de Reapertura/Solicitud de Reconsideración

Una persona puede intentar presentar una solicitud de reapertura ante un juez de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) después de haberse emitido una decisión en su caso o una apelación con el propósito de que se consideren nuevos hechos o evidencia. Por regla general, una solicitud de reapertura puede presentarse en un periodo de 90 días a partir de la orden final del juez de inmigración o de la decisión administrativa de BIA, sin embargo existen excepciones a ésta regla. Únicamente atendiendo a circunstancias y excepciones muy específicas una persona puede presentar la solicitud por fuera del límite establecido o puede presentar más de una solicitud de reapertura.

Una solicitud de reconsideración bien puede referirse a un error en la ley o en un hecho contenido en la decisión anterior del juez de inmigración o de BIA, o se refiere a un cambio en la ley que afecta la decisión anterior del juez de inmigración o de BIA, y solicita al juez o a BIA el reexamen la regulación o decisión. Una solicitud de reconsideración se basa en el registro existente y no pretende introducir nuevos hechos o evidencia. Como regla general, una solicitud de reconsideración debe formularse dentro de los 30 dias siguientes a la disposición administrativa. Contacte a nuestra oficina para información adicional.

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